Artículo 1º Con la denominación “IV PROMOCIÓN AGBS” se constituye una entidad de carácter socio-cultural, sin ánimo de lucro, que se acoge a lo dispuesto en la Ley orgánica 1/2002 de 22 de marzo Reguladora del Derecho de Asociación.
Artículo 2º La finalidad principal de la asociación será fomentar los lazos de compañerismo entre sus miembros, promover las relaciones entre los mismos y sus familias y apoyar a sus asociados en este ámbito. Queda excluida del ámbito de esta asociación la defensa de los intereses profesionales y se excluye el carácter reivindicativo de la misma.